El SAT emite dos tipos de e.firma: la de persona física y la de persona moral. Cuando recibes una invitación para firmar un documento en Mifiel, puedes utilizar cualquiera de las dos para hacerlo.
¿Cuál es la diferencia?
Es sencilla. La FIEL de persona física solo debe usarla su tenedor original, mientras que la FIEL de persona moral pueden compartirla distintas personas con poderes amplios dentro de una organización tales como representantes o apoderados legales.
Legalmente existe una diferencia entre ambas. El Artículo 19-A del Código Fiscal de la Federación estipula que al usar la FIEL de persona moral se presume que la autoría de la firma es de un representante legal con poderes amplios. Por ello, al utilizar la e.firma de persona moral deja de ser necesario acreditar los poderes de quien firma la documentación.
Para distinguir fácilmente entre los archivos de tu FIEL de persona física y los de la FIEL de persona moral de tu organización, puedes guiarte por el nombre de los archivos. Si incluyen la palabra ‘moral’ o si indican un RFC conformado por 12 dígitos, seguramente corresponden a la e.firma de persona moral.
¿Cuál debo usar para firmar?
Si no te indicaron utilizar una u otra FIEL, lo más adecuado es revisar el contenido del documento, el cual probablemente especifique la firma a usar o el nombre del firmante.
Si se indica tu nombre y que actúas en representación de tu organización, debes usar tu FIEL de persona física. Pero si solo se menciona el nombre o razón social de tu organización y no se menciona el nombre del representante legal, debes utilizar la FIEL moral.
En caso de que esta información no sea clara en el documento, lo más recomendable es contactar a su creador para aclarar dudas.